CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS – Criterio orgánico
Sobre la tipología de convenios o contratos interadministrativos conviene precisar que, aunque la ley no la definió ni desarrolló, el Decreto 1082 de 2015 se refiere como interadministrativa a aquella contratación entre entidades estatales. De acuerdo con lo anterior, es interadministrativo el acuerdo donde concurre la voluntad de dos o más personas jurídicas de derecho público con la finalidad de cumplir, en el marco de sus objetivos misionales y sus competencias, con los fines del Estado. Es decir, los contratos o convenios interadministrativos están determinados por un criterio orgánico, pues es necesario que los extremos de la relación contractual sean entidades estatales.
EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS – Naturaleza jurídica – Empresas de participación mixta
[…] las empresas prestadoras del servicio públicos tienen la naturaleza jurídica de empresas que pertenecen a la rama ejecutiva del poder público. El literal d) del artículo 38 de la Ley 489 de 1998 señala que las empresas sociales del Estado y las empresas oficiales de servicios públicos domiciliarios pertenecen a las entidades de la Rama Ejecutiva del sector descentralizado por servicios.
Sin embargo, el artículo 68 ibídem, al enlistar las entidades descentralizadas del orden nacional, se refirió únicamente a las empresas oficiales de servicios públicos, esto es, aquellas en las que la participación del Estado es del cien por ciento (100%). Esto llevó a pensar que el legislador había excluido de la Rama Ejecutiva a las empresas de servicios públicos mixtas –aquellas con capital público superior al cincuenta por ciento (50%)– y las privadas –las que cuentan con capital público inferior al cincuenta por ciento (50%)–. Sin embargo, la Corte Constitucional determinó que tanto las empresas de servicios públicos mixtas como las privadas hacían parte de la Rama Ejecutiva, toda vez que el numeral 2 del literal g) del artículo 38 de la Ley 489 de 1998 dice en su literal “g) Las demás entidades administrativas nacionales con personería jurídica que cree, organice o autorice la ley para que formen parte de la Rama Ejecutiva del Poder Público”.
Detalles del documento | |
| Fecha de Entrada | 01/10/2025 |
| Fecha de Salida | 07/11/2025 |
| Actor | Stheffania Caro Mendoza |
| No. radicado interno | C-1419 de 2025 |
| Radicado de Entrada | 1_2025_10_01_010929 |
| Radicado de Salida | 2_2025_11_07_011747 |
| Radicado Interno | C-1419 de 2025 |
| Descriptor | CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS |
| Restrictor | Criterio orgánico, Naturaleza jurídica, Empresas de participación mixta |
