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Documento: C-007 de 2026

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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS – Definición

“[…] El contrato de prestación de servicios es uno de los tipos contractuales consagrados en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública – en adelante EGCAP-, que pueden celebrar las Entidades Estatales. Se trata de un contrato típico, ya que se encuentra definido en la ley. Concretamente, el artículo 32, numeral 3º, de la Ley 80 de 1993, establece: “Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable”.

De otro lado, la celebración de dicho contrato se debe efectuar a través de la modalidad de la contratación directa. Así lo prevé el artículo 2, numeral 4º, literal h), de la Ley 1150 de 2007. […]”

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ― HONORARIOS – Pago

[…] En los contratos de prestación de servicios, la fijación de honorarios, así como las condiciones y forma de pago, se derivan principalmente de la autonomía de la voluntad de las partes. Estas determinan el contenido de los contratos estatales que suscriben y pueden incluir las condiciones, cláusulas o estipulaciones que consideren necesarias para desarrollar el objeto contractual, siempre que no sean contrarias a la Constitución Política, la ley y el orden público. Al respecto, es importante precisar que el Estatuto General de Contratación de la Administración Púbica ―en adelante EGCAP― en varias de sus disposiciones si establecen límites a esa autonomía de la voluntad. […]

Por regla general, los honorarios se entienden como la contraprestación por el servicio efectivamente prestado, lo que implica que, si el contrato se perfecciona e inicia ejecución en una fecha distinta al inicio del mes, el pago debería calcularse de manera proporcional al tiempo de ejecución real.

No obstante, si el contrato establece que los honorarios se reconocen por períodos mensuales completos, independientemente de la fecha de inicio de ejecución, las partes pueden acordar el pago íntegro del mes. En este caso, prevalece la autonomía de la voluntad, siempre que no se desconozcan principios de equidad, proporcionalidad y buena fe contractual.

IDONEIDAD – Deber de verificación de la Entidad Estatal

 

[…]

Así las cosas, debe indicarse en primer lugar que esta hace referencia a la condición o cualidad que debe acreditar una persona ya sea natural o jurídica, a las Entidades con las que se va a celebrar el contrato y/o convenio, a fin de verificar si cuenta con la capacidad para ejecutar el objeto del contrato y con ello garantizar que se pueda cumplir a cabalidad con las obligaciones acordadas

En ese orden, se trata de un requisito plasmado en un concepto jurídicamente indeterminado que es necesario dotar de contenido en cada caso concreto. Conforme al diccionario de la RAE, lo “idóneo” se refiere a que es “Adecuado y apropiado para algo”, lo que indica una serie de aptitudes para cumplir un fin determinado. Esto se confirma en el diccionario panhispánico del español jurídico, donde la RAE alude a la “Cualidad personal necesaria para la prestación de un servicio concreto o la asunción de un cargo”. Este requisito también se exige, como previamente se indicó, para la celebración de contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión –art. 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015– y para suscribir contratos del artículo 355 superior con entidades privadas sin ánimo de lucro –art. 3 del Decreto 092 de 2017–.

Detalles del documento

Fecha de Entrada05/01/2026
Fecha de Salida13/02/2026
ActorDiana Victoria Garces Lópaez
No. radicado internoC-007 de 2026
Radicado de Entrada1_2026_01_05_000055
Radicado de Salida2_2026_02_13_001203
Radicado InternoC-007
DescriptorCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, IDONEIDAD
RestrictorDefinición, Características, Deber de verificación de la Entidad Estatal

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