DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad
El artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones” otorga a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente la competencia para adoptar los documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Administración Pública.
SECTOR SOCIAL – Documentos tipo – Vigentes
Las Resoluciones 539, 540 y 541 del 21 de agosto de 2025, así como las Resoluciones 952 y 953 del 15 de diciembre de 2025, adoptadas en el sector de infraestructura social, aplican de forma transversal a las modalidades de selección indicadas y a los proyectos de infraestructura, interventoría y consultoría enmarcados dentro de los sectores educativo, de salud, cultura, recreación y deporte, institucional y vivienda, en los procesos de selección cuyo aviso de convocatoria se publique a partir del 16 de febrero de 2026.
DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura social – Licitación Pública – Anexo 1
(…) las características técnicas de los materiales y especificaciones necesarias para la ejecución del objeto contractual deben plasmarse en el “Anexo 1 – Anexo Técnico”. Así, este anexo contiene las condiciones técnicas aplicables a la obra pública de infraestructura social que se pretende contratar, siguiendo los lineamientos de dicho documento.
ANEXO 1 – Anexo técnico – Documentos tipo – Infraestructura social – Diligenciamiento
La entidad, al estructurar el Anexo 1, debe tener en cuenta que en la parte introductoria se establece que puede modificar los aspectos incluidos entre corchetes y resaltados en gris. No obstante, los apartes del Anexo 1 que no tengan esta condición, -en virtud de la regla de inalterabilidad que recae sobre el documento tipo-, no pueden ser diligenciados ni modificados por quien adelante el procedimiento de selección.
ANEXO 1 – Anexo técnico – Documentos tipo – Infraestructura social – Numeral 11 – Obras adicionales
Como se aprecia, el numeral 11 del Anexo 1 es uno de aquellos que pueden ser diligenciados por la entidad estatal, de acuerdo con la instrucción que allí se establece; esto es, evaluando si la totalidad de la sección aplica a la obra en particular y realizando los cambios necesarios conforme a las condiciones de esta.
Particularmente, para su diligenciamiento, la entidad que adelanta el proceso debe considerar que este numeral se refiere a todas aquellas instalaciones temporales o auxiliares que se requieren para ejecutar la obra principal y que no hacen parte del proyecto final, toda vez que estas se retirarán al momento de finalizar la construcción. De allí la denominación “obras provisionales”.
Detalles del documento | |
| Fecha de Entrada | 29/01/2026 |
| Fecha de Salida | 05/03/2026 |
| Actor | Yraidis María Sánchez |
| No. radicado interno | C-119 de 2026 |
| Radicado de Entrada | 1_2026_01_29_001036 |
| Radicado de Salida | 2_2026_03_05_002139 |
| Radicado Interno | C-119 |
| Descriptor | DOCUMENTOS TIPO, SECTOR SOCIAL, ANEXO 1 |
| Restrictor | Fundamento normativo, Obligatoriedad, Documentos tipo, Vigentes, Infraestructura social, Licitación pública, Anexo 1, Diligenciamiento, Numeral 11, Obras adicionales |
