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Documento: C-513 de 2026

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DOCUMENTOS TIPO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL – Generalidades – Versión 2

 

En desarrollo de la Ley 2022 de 2020, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente expidió la Resolución 219 del 6 de agosto de 2021, “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social”. Dentro de esta categoría fue incluida la infraestructura asociada a los sectores de salud, educación, y cultura, recreación y deporte, tal como lo establece el parágrafo 2 del artículo 2 de la resolución indicada, de la siguiente manera: “Estos documentos tipo aplicarán a los proyectos de infraestructura social, tales como, sector educativo, sector salud y sector cultural, recreación y deporte, de conformidad con cada una de las resoluciones que expida la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, donde se precisará el alcance concreto de estos documentos tipo; sin perjuicio de que se incluyan otros tipos de infraestructura social”.

Como puede observarse, la Resolución 219 de 2021 contiene un listado enunciativo de los sectores relacionados con los proyectos de infraestructura social a los cuales aplican los documentos tipo –educativo; salud; cultura, recreación y deporte–. También precisa que el alcance de cada sector estará dado por las resoluciones posteriores que expida la Agencia. A su vez, esas resoluciones desarrollarán las matrices de experiencia y los glosarios que definirán concretamente cada sector, mediante los cuales se precisará de forma detallada su ámbito de aplicación.

DOCUMENTOS TIPO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL – Sector Institucional – Matriz de Experiencia  –  Experiencia general – Edificaciones

Como se puede ver, la matriz 1 de experiencia establece que la acreditación de experiencia general sea en “edificaciones”, sin hacer distinciones o restringir de manera particular en algún tipo de edificaciones con destinación de uso especial.

Lo anterior en consideración a que una edificación corresponde a “(…) una construcción cuyo uso primordial es la habitación u ocupación por seres humanos” , en tal sentido, el articulo 3 de esta ley, a su vez, define una Edificación convencional como: “(…)se entiende por edificación convencional aquella estructura que está concebida de tal manera que su geometría, dimensiones generales, dimensiones de sus miembros estructurales, materiales estructurales empleados y procedimientos de dimensionamiento y determinación de la resistencia de sus miembros estructurales ante todas las solicitaciones a que puedan verse afectados durante su vida útil, estén previstos dentro de la normativa y reglamentación contenida en el Reglamento NSR-10. (…)”

DOCUMENTOS TIPO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL – Sector Institucional – Matriz de Experiencia  –  Experiencia especifica – Edificaciones

De otro lado, para la Experiencia especifica, se solicita que para acreditarla uno de los contratos que se presenten en la experiencia general cumpla con los metros cuadrados de área construida del proceso de selección, de ninguna manera se hace alusión a solicitar que la  experiencia se acredite en edificios cuya destinación sea “seguridad pública”.

Detalles del documento

Fecha11/05/2026
ActorROSSANA MAESTRE MARQUEZ
No. radicado internoC-513 de 2026
Año2026
MesMayo
Radicado de Entrada1_2026_03_27_004285
Radicado de Salida2_2026_05_11_004916
Radicado InternoC-513
DescriptorDOCUMENTOS TIPO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL
RestrictorGeneralidades, Versión 2, Sector Institucional, Matriz de experiencia, Experiencia general, Edificaciones, Experiencia especifica

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