DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad
El artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones” otorga a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente la competencia para adoptar los documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Administración Pública.
SECTOR SOCIAL – Documentos tipo – Vigentes
Las Resoluciones 539, 540 y 541 del 21 de agosto de 2025, así como las Resoluciones 952 y 953 del 15 de diciembre de 2025, adoptadas en el sector de infraestructura social, aplican de forma transversal a las modalidades de selección indicadas y a los proyectos de infraestructura, interventoría y consultoría enmarcados dentro de los sectores educativo, de salud, cultura, recreación y deporte, institucional y vivienda, en los procesos de selección cuyo aviso de convocatoria se publique a partir del 16 de febrero de 2026.
DOCUMENTOS TIPO – Aplicación – Matriz de Experiencia
Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los documentos tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas por esta Agencia mediante las cuales se adoptan documentos tipo.
Uno de los elementos comunes a los diferentes documentos tipo es la “Matriz – Experiencia”. Esta consta de unas celdas en las que se describe la experiencia requerida en relación con el objeto a contratar, definiendo además qué tipo de actividades relacionadas con cada sector deben acogerse a los pliegos tipo. Por otro lado, encontramos el “Anexo – Glosario”, el cual contiene las definiciones de los términos usados en los documentos del proceso. Utilizando estos dos documentos, la entidad estatal puede definir si el objeto a contratarse debe emplear los documentos tipo adoptados por esta Agencia.
SECTOR INSTITUCIONAL – Infraestructura social – Tipos de obras – Documentos tipo – Resoluciones
El artículo 17 de la Resolución 539 de 2025 adoptó los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector Institucional. Por su parte, mediante el artículo 16 de la Resolución 540 de 2025, se acogieron los documentos tipo complementarios para los procesos de selección abreviada de menor cuantía de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector Institucional. Lo propio se hizo mediante el artículo 16 de la Resolución 541 de 2025, a través del cual se adoptó los documentos tipo complementarios para los procesos de mínima cuantía de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector Institucional.
De acuerdo con los artículos 17 y 16 –respectivamente, de las resoluciones señaladas–, los documentos tipo que estas adoptan contienen parámetros obligatorios para las entidades estatales que realicen procedimientos de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía o mínima cuantía, para celebrar contratos de obra relacionados con infraestructura institucional, cuando las actividades que pretendan contratar se encuentren contenidas en la Matriz – Experiencia Sector Institucional.
SECTOR INSTITUCIONAL – Documentos tipo – Licitación Pública – Matriz 1 – Experiencia – Actividad 1.2 – Experiencia general – Edificaciones
Sobre el particular, para dicha actividad se solicita el siguiente requisito de experiencia general:
“General: PROYECTOS QUE CORRESPONDAN Y/O CONTEMPLEN ACTIVIDADES DE: CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN Y/O RECONSTRUCCIÓN Y/O ADECUACIÓN Y/O CONSERVACIÓN Y/O INTERVENCIÓN Y/O INSTALACIÓN Y/O MANTENIMIENTO Y/O MEJORAMIENTO Y/O MODIFICACIÓN U OPTIMIZACIÓN Y/O REINSTALACIÓN Y/O REHABILITACIÓN Y/O REMODELACIÓN Y/O REPOSICIÓN Y/O REPARACIÓN LOCATIVA Y/O RESTAURACIÓN Y/O RESTITUCIÓN Y/O SUSTITUCIÓN Y/O TERMINACIÓN DE EDIFICACIONES”.
Como se aprecia, para la actividad 1.2 contenida en la «Matriz 1 – Experiencia Sector Institucional», se establece que la acreditación de la experiencia general debe darse en proyectos que correspondan y/o contemplen actividades de: construcción y/o ampliación y/o reconstrucción y/o adecuación y/o conservación y/o intervención y/o instalación y/o mantenimiento y/o mejoramiento y/o modificación u optimización y/o reinstalación y/o rehabilitación y/o remodelación y/o reposición y/o reparación locativa y/o restauración y/o restitución y/o sustitución y/o terminación de “edificaciones”, sin que se realicen distinciones o se establezcan restricciones específicas respecto de algún tipo de edificación con destinación de uso particular.
En este sentido, considerando que una edificación, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 400 de 1997, se define como “(…) una construcción cuyo uso primordial es la habitación u ocupación por seres humanos”, y que la edificación convencional es “(…) aquella estructura concebida de tal manera que su geometría, dimensiones generales, dimensiones de sus miembros estructurales, materiales estructurales empleados y procedimientos de dimensionamiento y determinación de la resistencia de sus miembros estructurales ante todas las solicitaciones a las que puedan verse sometidos durante su vida útil estén previstos en la normativa y reglamentación contenida en el Reglamento NSR-10 (…)”, se tiene que la construcción de edificaciones, en términos generales, está determinada por el cumplimiento de las normas técnicas reglamentarias y, en particular, por lo dispuesto en la Norma Sismo Resistente NSR-10 y demás disposiciones aplicables a este tipo de infraestructura.
En consecuencia, la experiencia general solicitada en la “Matriz 1 – Experiencia Sector Institucional”, con el fin de no limitar la concurrencia de oferentes, se refiere a experiencia en edificaciones sin distinción de su destinación o uso, tales como cultura, recreación y deporte, salud, educación, vivienda o infraestructura institucional, entre otros.
| Fecha | 15/09/2026 |
| Actor | Jorge Luis Barreto Rivera |
| No. radicado interno | C-1268 de 2026 |
| Año | 2026 |
| Mes | Septiembre |
| Radicado de Entrada | 1_2026_08_12_010655 |
| Radicado de Salida | 2_2026_09_15_009866 |
| Radicado Interno | C-1268 |
| Descriptor | DOCUMENTOS TIPO, SECTOR SOCIAL, SECTOR INSTITUCIONAL |
| Restrictor | Fundamento normativo, Obligatoriedad, Documentos tipo, Vigentes, Aplicación, Matriz de experiencia, Infraestructura social, Tipos de obras, Resoluciones, Licitación pública, Matriz 1, Experiencia, Actividad 1.2, Experiencia general, Edificaciones |
