MODALIDADES DE SELECCIÓN – Concurrencia – Mínima cuantía – Licitación Pública – Prevalencia
[…] la concurrencia entre la regla especial de selección de sociedades fiduciarias y la modalidad de mínima cuantía se debe resolver mediante una interpretación histórica, sistemática y teleológica del régimen de contratación estatal. Bajo este entendimiento, si el valor del proceso para la sociedad fiduciaria se encuentra dentro del límite de la mínima cuantía, la entidad deberá acudir a esta modalidad de selección, en tanto el legislador dispuso expresamente que su aplicación opera independientemente del objeto contractual. La referencia a la licitación o concurso contenida en la Ley 80 de 1993 debe ser comprendida a la luz del régimen vigente y del contexto histórico en el que fue expedida, sin que pueda interpretarse como una exclusión de una modalidad de selección creada posteriormente por el propio legislador.
| Fecha | 16/09/2026 |
| Actor | Maria Alejandra Restrepo Bedoya |
| No. radicado interno | C-1243 de 2026 |
| Año | 2026 |
| Mes | Septiembre |
| Radicado de Entrada | 1_2026_08_06_010433 |
| Radicado de Salida | 2_2026_09_16_009945 |
| Radicado Interno | C-1243 de 2026 |
| Descriptor | MODALIDAD DE SELECCIÓN |
| Restrictor | Concurrencia, Mínima cuantía, Licitación pública, Prevalencia |
