Documento: C-1246 de 2026

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21/09/2026 Conceptos ANCP-CCE

DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad

Los documentos tipo expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los documentos tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.

CAUSALES DE RECHAZO – Establecidas en la Ley – Pliegos de condiciones

Las causales de rechazo son las establecidas en la Ley y las fijadas por la entidad estatal en los pliegos de condiciones. Sin embargo, en ejercicio de dicha facultad a las entidades no le es dable fijar causales de rechazo que soslayen o afecten la selección objetiva en la contratación.

CAUSALES DE RECHAZO – Aplicación restrictiva

De igual forma, esta Agencia ha reiterado la postura del Consejo de Estado, según la cual, por la naturaleza propia de las causales de rechazo, su aplicación es estricta y restrictiva, lo que significa que su interpretación gramatical prevalece sobre una interpretación extensiva o de otra índole, mediante la cual se pretenda ampliar su alcance.

DOCUMENTO BASE – Licitación pública – Agua potable y saneamiento básico – Causales de rechazo – Oferta económica

De acuerdo con lo anterior, al consultar el numeral 1.15 del Documento Base, existen varias relacionadas con aspectos relativos a la oferta económica. Ante la imposibilidad de incluir nuevas causales, con fundamento en el principio de inalterabilidad, las entidades estatales deben evaluar en la presentación de la oferta económica la configuración de causales de rechazo estandarizadas en el pliego tipo o documento base, determinando en cada caso concreto si la situación evidenciada configura en estricto sentido alguno de los supuestos de hecho establecidos en las mismas, sin valerse de interpretaciones extensivas o finalistas.

Dentro de los múltiples hechos que podría tener lugar en el marco de procesos de selección, puede suceder, por ejemplo, que se presente una oferta cuyo total exceda el valor del Presupuesto Oficial, configurándose la causal de rechazo del literal M; también puede ocurrir que no se ofrezca el valor de un precio unitario –causal de rechazo del literal P­– o que se oferte por encima del tope establecido por la entidad –literal Q–; que “el proponente adicione, suprima, cambie, o modifique los ítems, la descripción, las especificaciones, el detalle, las unidades o cantidades (…)” –literal O –; o que el proponente no presente la oferta económica –literal V–, eventos que ameritarían el rechazo de la oferta.

DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura de agua potable y saneamiento básico – Causales de rechazo – Literal O – Adicionar, suprimir, cambiar y modificar

Respecto del alcance de esta causal, esta Agencia estableció que su análisis implica desagregar cada uno de los verbos  ̶ adicionar, suprimir, cambiar y modificar ̶  y de los elementos que la componen  ̶ ítem, descripción, cantidad y unidad ̶ .

DOCUMENTOS TIPO – Causales de rechazo – Literal O – Configuración

(…) la configuración de la causal de rechazo es objetiva, en el sentido en que la entidad estatal debe comparar que la propuesta económica del oferente no haya sido adicionada, suprimida, cambiada o modificada en los ítems, especificaciones, el detalle, descripciones, unidades o cantidades definidas en el “Formulario 1– Formulario de Presupuesto Oficial” con las implicaciones enunciadas.

En este sentido debe indicarse que, tal como se señala en la pestaña de “Propuesta Económica” contenida en el “Formulario 1– Formulario de Presupuesto Oficial” “Los proponentes emplearán el Formulario establecido por la Entidad para determinar su propuesta económica conforme con el Formulario 1 (…) publicado por la Entidad”. Así, la comparación que debe realizar la entidad supone verificar que la adición, supresión, cambio o modificación de la propuesta no se trate de un mero error formal o de digitación, determinado además si ello afectó la descripción, especificaciones, detalles o cantidades de los ítems solicitados.

Detalles del documento
Fecha17/09/2026
ActorClaudia Sánchez Chavestan
No. radicado internoC-1246 de 2026
Año2026
MesSeptiembre
Radicado de Entrada 1_2026_08_06_010452
Radicado de Salida2_2026_09_17_010007
Radicado InternoC-1246
DescriptorDOCUMENTOS TIPO, CAUSALES DE RECHAZO, DOCUMENTO BASE
RestrictorFundamento normativo, Obligatoriedad, Establecidas en la Ley, Pliegos de condiciones, Aplicación restrictiva, Licitación pública, Agua potable y saneamiento básico, Causales de rechazo, Oferta económica, Infraestructura de agua potable y saneamiento básico, Literal o, Adicionar, suprimir, cambiar y modificar, Configuración