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Documento: C-385 de 2026

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DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad

El artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones” otorga a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente la competencia para adoptar los documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Administración Pública.

SECTOR SOCIAL – Documentos tipo – Vigentes

Las Resoluciones 539, 540 y 541 del 21 de agosto de 2025, así como las Resoluciones 952 y 953 del 15 de diciembre de 2025, adoptadas en el sector de infraestructura social, aplican de forma transversal a las modalidades de selección indicadas y a los proyectos de infraestructura, interventoría y consultoría enmarcados dentro de los sectores educativo, de salud, cultura, recreación y deporte, institucional y vivienda, en los procesos de selección cuyo aviso de convocatoria se publique a partir del 16 de febrero de 2026.

DOCUMENTOS TIPO – Aplicación – Matriz de Experiencia

Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los documentos tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas por esta Agencia mediante las cuales se adoptan documentos tipo.

Uno de los elementos comunes a los diferentes documentos tipo es la “Matriz – Experiencia”. Esta consta de unas celdas en las que se describe la experiencia requerida en relación con el objeto a contratar, definiendo además qué tipo de actividades relacionadas con cada sector deben acogerse a los pliegos tipo. Por otro lado, encontramos el “Anexo – Glosario”, el cual contiene las definiciones de los términos usados en los documentos del proceso. Utilizando estos dos documentos, la entidad estatal puede definir si el objeto a contratarse debe emplear los documentos tipo adoptados por esta Agencia.

NSR10 – Subgrupo de ocupación institucional – Documentos tipo – Sector social – Aplicación

La nota general 1 de la Matriz 1– Experiencia del Sector Institucional en las distintas modalidades de los Documentos Tipo adoptados por esta Agencia indica que “(l)as definiciones contenidas en esta Matriz deben enmarcarse en la normativa vigente en la materia, así como en la NSR 10 o aquellas que los modifiquen, adicionen o sustituyan, así como a las definiciones contenidas en el «Anexo – Glosario del Sector Social»”.

La nota general 1 contenida en la Matriz 1 – Experiencia de los Documentos Tipo indicados, es congruente con el numeral 1.10 del documento base que dispone que “[p]ara los fines de este Pliego de Condiciones, a menos que expresamente se estipule de otra manera, los términos deben entenderse de acuerdo con la definición contenida en el artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015, el glosario aplicable a la obra pública de infraestructura social y demás normas, decretos reglamentarios y legislación aplicable en la materia”.

De esta forma, considerando que las actividades señaladas recaen sobre obras en proyectos de infraestructura de servicio público, para determinar qué abarca este tipo de infraestructura, debe indicarse que de conformidad con la norma NSR-10 en el Subgrupo de Ocupación Institucional de Servicio Público (I-5) “se clasifican las edificaciones o espacios destinados a funciones administrativas y prestación de servicios públicos necesarios para el buen funcionamiento de las ciudades”. Entre las edificaciones o espacios que pertenecen a este Subgrupo se encuentran las siguientes: “Centros de comunicación o administrativos o administrativos de servicios municipales, distritales o gubernamentales, juzgados y otros similares”.

TERMINALES DE TRANSPORTE TERRESTRE – Documentos tipo – Complementarios – Sector Institucional – Aplicación

Sobre la definición en comento, en Departamento Administrativo de la Función Pública, señaló que “(…) los terminales de transporte terrestre automotor son considerados como el conjunto de instalaciones que funcionan como una unidad de servicios permanentes, junto a los equipos, órganos de administración, servicios a los usuarios, a las empresas de transporte y a su parque automotor, donde se concentran las empresas autorizadas o habilitadas que cubren rutas que tienen como origen, destino o tránsito el respectivo municipio o localidad”.

Por su parte, el artículo 4 “prestación de este servicio público” del Decreto 2762 de 2001, señala que “(…) El servicio público a que se refiere este decreto será prestado por personas jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en el mismo y demás normas que lo complementen o adicionen”. Por lo anterior, “(…) las actividades que desarrollan en los terminales de transporte terrestre automotor se consideran como servicio público, entendiendo estas actividades como aquellas que se refieren a la operación en general a la actividad transportadora”.

De acuerdo con lo anterior, y considerando que el tipo de obra 2, “Proyectos de infraestructura institucional de servicios públicos”, recae sobre el Subgrupo de Ocupación Institucional —con el alcance señalado previamente—, y que la actividad transportadora de un terminal de transporte se considera una actividad de servicio público, es viable concluir que los terminales de transporte prestan un servicio público. Por lo tanto, este tipo de edificaciones debe clasificarse dentro del Subgrupo de Ocupación Institucional de Servicio Público.

Detalles del documento

Fecha de Entrada09/03/2026
Fecha de Salida15/04/2026
ActorViviana Marcela Cuadros Valbuena
No. radicado internoC-385 de 2026
Radicado de Entrada1_2026_03_09_003272
Radicado de Salida2_2026_04_15_003802
Radicado InternoC-385
DescriptorDOCUMENTOS TIPO, SECTOR SOCIAL, TERMINALES DE TRANSPORTE TERRESTRE
RestrictorFundamento normativo, Obligatoriedad, Documentos tipo, Vigentes, Aplicación, Matriz de experiencia, Subgrupo de ocupación institucional, Sector social, Complementarios, Sector Institucional

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