DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad
El artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones” otorga a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente la competencia para adoptar los documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Administración Pública.
DOCUMENTOS TIPO – Agua potable – Saneamiento básico
En el sector de infraestructura de agua potable y saneamiento básico, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, mediante la Resolución 248 del 1 de diciembre de 2020, adoptó los Documentos Tipo para los procesos de licitación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico. Por su parte, mediante la Resolución 249 del 1 de diciembre de 2025, esta Agencia expidió los Documentos Tipo para los procesos de licitación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico en la modalidad de llave en mano. Finalmente, por medio de la Resolución 333 del 27 de julio de 2022, esta Entidad expidió los Documentos Tipo para los procesos de selección de interventoría de obra pública de infraestructura de agua potable y saneamiento básico que se adelanten por la modalidad de concurso de méritos.
SECTOR SOCIAL – Documentos tipo – Vigentes
Las Resoluciones 539, 540 y 541 del 21 de agosto de 2025, así como las Resoluciones 952 y 953 del 15 de diciembre de 2025, adoptadas en el sector de infraestructura social, aplican de forma transversal a las modalidades de selección indicadas y a los proyectos de infraestructura, interventoría y consultoría enmarcados dentro de los sectores educativo, de salud, cultura, recreación y deporte, institucional y vivienda, en los procesos de selección cuyo aviso de convocatoria se publique a partir del 16 de febrero de 2026.
DOCUMENTOS TIPO – Aplicación – Matriz de Experiencia
Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los documentos tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas por esta Agencia mediante las cuales se adoptan documentos tipo.
Uno de los elementos comunes a los diferentes documentos tipo es la “Matriz – Experiencia”. Esta consta de unas celdas en las que se describe la experiencia requerida en relación con el objeto a contratar, definiendo además qué tipo de actividades relacionadas con cada sector deben acogerse a los pliegos tipo. Por otro lado, encontramos el “Anexo – Glosario”, el cual contiene las definiciones de los términos usados en los documentos del proceso. Utilizando estos dos documentos, la entidad estatal puede definir si el objeto a contratarse debe emplear los documentos tipo adoptados por esta Agencia.
NORMA NSR 10 – Sitios de reclusión – Centro de atención especializada
Conforme con lo anterior, un Centro de Atención Especializada puede ser considerado un sitio de reclusión conforme al Subgrupo de Ocupación Institucional de Reclusión (I-1) de la NSR-10, en la medida en que, más allá de su denominación y enfoque pedagógico o restaurativo, presenta elementos funcionales coincidentes con las edificaciones allí previstas, tales como la existencia de control y vigilancia institucional, la organización de los espacios para la permanencia supervisada de sus ocupantes y la ejecución de medidas impuestas por una autoridad competente. En este sentido, se trata de un establecimiento cuya finalidad material implica la custodia y supervisión de personas dentro de un entorno institucional cerrado, lo que permite encuadrarlo dentro de la categoría de “otros similares” prevista en dicha clasificación normativa.
Sin perjuicio de lo anterior, corresponderá a la entidad estatal que adelante el proceso de selección determinar, en cada caso concreto, si dicha naturaleza es la predominante o si, por el contrario, el proyecto debe clasificarse como una edificación institucional de servicio público, de conformidad con el alcance previsto para la aplicación de la actividad 2.2 contenida en la Matriz 1 de experiencia de los documentos tipo de infraestructura institucional.
CENTRO DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA – Obras – Planta de tratamiento – Agua residual
Considerando que, aunque el objeto del proceso de selección por el que se indaga en la solicitud se ejecuta sobre una infraestructura institucional denominada “Centro de Atención Especializada – CAE”, este se refiere a las obras de “mantenimiento integral, reparación, conservación, mejoramiento y adecuaciones técnicas y locativas de la Planta de Tratamiento de Agua Potable (PTAP)”, la entidad que adelanta el proceso de selección puede revisar la Matriz 1 – Experiencia de los Documentos Tipo de licitación de obra pública de agua potable y saneamiento básico. Lo anterior, teniendo en cuenta que en el capítulo cuatro (4), “Obras para PTAP (Planta de Tratamiento de Agua Potable) y/o PTAR (Planta de Tratamiento de Aguas Residuales)”, se incluye la siguiente actividad, sobre la cual eventualmente podría recaer el objeto de selección planteado (…).
Sin embargo, es preciso indicar que corresponde a la entidad que adelanta el proceso de selección determinar, a través de sus estudios previos o de los documentos técnicos que hagan parte del proceso, en cuál de estas actividades puede enmarcarse, así como establecer si resulta conveniente la aplicación de las reglas de combinación de experiencia incluidas en el numeral “3.5.2 Características de los contratos presentados para acreditar la experiencia exigida” del documento base de los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura social – versión 2.
Detalles del documento | |
| Fecha de Entrada | 13/03/2026 |
| Fecha de Salida | 14/04/2026 |
| Actor | Miguel Enrique Andrade López |
| No. radicado interno | C-429 de 2026 |
| Radicado de Entrada | 1_2026_03_16_003662 |
| Radicado de Salida | 2_2026_04_14_003784 |
| Radicado Interno | C-429 |
| Descriptor | DOCUMENTOS TIPO, SECTOR SOCIAL, NORMA NSR 10, CENTRO DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA |
| Restrictor | Fundamento normativo, Obligatoriedad, Agua potable, Saneamiento básico, Documentos tipo, Vigentes, Aplicación, Matriz de experiencia, Sitios de reclusión, Centro de atención especializada, OBRAS, Planta de tratamiento, Agua residual |
