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Documento: C-460 de 2026

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MÍNIMA CUANTÍA – Modalidad de selección

La mínima cuantía es una modalidad de selección en virtud de la cual la entidad realiza una convocatoria pública para recibir oferta de bienes, obras o servicios, cuyo valor no exceda el diez por ciento (10%) de la menor cuantía de la Entidad Estatal. Es decir, que será procedente cuando se cumpla este requisito, independientemente del objeto a contratar. Esta modalidad establece un procedimiento expedito y competitivo que se rige por lo dispuesto en los artículos 2.2.1.2.1.5.1. a 2.2.1.2.1.5.6. del Decreto 1082 de 2015. En términos generales, se caracteriza porque la entidad podrá exigir una capacidad financiera mínima, la publicación de la invitación se realiza por término no inferior a un (1) día hábil para la formulación de observaciones o comentarios, y porque el único criterio de evaluación para determinar la oferta más favorable es el menor precio.

Detalles del documento

Fecha16/04/2026
ActorJorge Andrés Torres Calderón
No. radicado internoC-460 de 2026
Año2026
MesAbril
Radicado de Entrada1_2026_03_19_003879
Radicado de Salida2_2026_04_16_003893
Radicado InternoC-460 del 2026
DescriptorEVALUACIÓN DEL PRECIO, MÍNIMA CUANTÍA
RestrictorSelección objetiva, Principio de igualdad, Factor de escogencia, Menor precio

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