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Documento: C-471 de 2026

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PRINCIPIO DE PUBLICIDAD – Concepto – Fundamento constitucional   

El principio de publicidad impone a las autoridades administrativas el deber de dar a conocer sus actos, contratos y decisiones para que se divulguen y eventualmente se controlen. Por ello, en la contratación estatal, el literal c) del artículo 3 de la Ley 1150 de 2007 establece el Sistema Electrónico para la Contratación Pública –en adelante SECOP I y II– como un medio que “contará con la información oficial de la contratación realizada con dineros públicos, para lo cual establecerá los patrones a que haya lugar y se encargará de su difusión a través de canales electrónicos”.

En ese mismo sentido, la Ley 1712 de 2014 –ley estatutaria que regula la transparencia y el derecho de acceso a la información y a los documentos públicos–; identifica como principios que orientan el derecho de acceso a la información pública, el de máxima publicidad, transparencia en la información y buena fe. El principio de máxima publicidad dispone que “toda información en posesión, bajo control o custodia de un sujeto obligado es pública y no podrá ser reservada o limitada sino por disposición constitucional o legal

 

PRINCIPIO DE PUBLICIDAD – SECOP II- Definición – Deber de Publicación

El SECOP II, es una plataforma transaccional que permite gestionar en línea los procedimientos de contratación, con cuentas y usuarios asociados a estas, para las entidades y los proveedores, y vista pública para cualquier interesado en hacer seguimiento a la contratación pública. Desde sus cuentas, las entidades crean, evalúan y adjudican procedimientos de contratación, y gestionan la fase de ejecución del contrato. Los proveedores pueden hacer comentarios a los documentos del procedimiento, presentar ofertas y seguir el procedimiento de selección en línea.

Detalles del documento

Fecha de Entrada24/03/2026
Fecha de Salida28/04/2026
ActorAnonimo
No. radicado internoC-471 de 2026
Radicado de Entrada 1_2026_03_24_004030
Radicado de Salida2_2026_04_28_004345
Radicado InternoC-471 del 2026
DescriptorPRINCIPIO DE PUBLICIDAD, SECOP, SECOP II
RestrictorConcepto, Constitucionalidad, Documentos del Proceso, Deber de publicación, Expediente físico

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