DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo
Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Pliegos Tipo.
DOCUMENTOS TIPO – Experiencia
Para fijar las condiciones que deben cumplir los contratos aportados, en términos de actividades ejecutadas, las entidades deben emplear la “Matriz 1 – Experiencia”. Este documento estandariza las condiciones de experiencia general y/o experiencia específica que deben requerir las entidades estatales a los proponentes para acreditar el requisito habilitante de experiencia, de acuerdo con: i) el tipo de obra de infraestructura de transporte o social, ii) la actividad a contratar y iii) la cuantía del proceso de contratación.
Por su parte, el numeral 3.5 “EXPERIENCIA” del documento base de los documentos tipo de infraestructura de transporte indica que los proponentes deben acreditar la experiencia a través de los siguientes documentos: i) la información consignada en el RUP para aquellos que estén obligados a tenerlo, ii) la presentación el Formato 3 – Experiencia para todos los proponentes y (iii) alguno de los documentos válidos para la acreditación de la experiencia señalados en el numeral 3.5.6 cuando se requiera la verificación de información del proponente adicional a la contenida en el RUP. Adicionalmente, en el numeral 3.5.5 “ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA REQUERIDA” señala la información que deben presentar los proponentes para efectos de acreditar la experiencia en cada uno de los contratos que se presenten.
DOCUMENTOS TIPO DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE – Aplicación – Alumbrado público
[…] dentro de la Matriz 1 – Experiencia del sector infraestructura de transporte, se identifican las siguientes actividades que podrían resultar aplicables, dependiendo del alcance específico del proyecto:
[…]
En todo caso, la aplicación frente a alguna de las actividades antes señaladas dependerá del alcance concreto del objeto contractual, de la naturaleza de las obras a ejecutar y de la correspondiente estructuración del proceso de contratación. Por consiguiente, aunque no existe actualmente un documento tipo expedido de manera específica para proyectos de alumbrado público, sí es posible que, en función de sus componentes técnicos, algunos de estos proyectos puedan encontrarse enmarcados en las actividades previamente señaladas de la Matriz 1 – Experiencia del sector infraestructura de transporte.
En este sentido, conviene reiterar que el uso de los documentos tipo depende de si el objeto contractual corresponde a alguna de las actividades previstas en la Matriz 1 de Experiencia del sector de documentos tipo aplicable. Así, si el contrato relacionado con obras de “alumbrado público” se enmarca en alguna de las actividades allí contempladas, en el caso puntual la Matriz de Experiencia del sector transporte, la entidad tendrá la obligación de adoptar estos documentos tipo.
Detalles del documento | |
| Fecha | 05/06/2026 |
| Actor | Nestor Meneses |
| No. radicado interno | C-620 de 2026 |
| Año | 2026 |
| Mes | Junio |
| Radicado de Entrada | 1_2026_04_24_005614 |
| Radicado de Salida | 2_2026_06_05_006023 |
| Radicado Interno | C-620 de 2026 |
| Descriptor | DOCUMENTOS TIPO, DOCUMENTOS TIPO DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE |
| Restrictor | Fundamento normativo, Experiencia, Aplicación, Alumbrado Público |
