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Documento: C-755 de 2026

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DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo

 

Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Pliegos Tipo.

 

DOCUMENTOS TIPO – Experiencia

 

Para fijar las condiciones que deben cumplir los contratos aportados, en términos de actividades ejecutadas, las entidades deben emplear la “Matriz 1 – Experiencia”. Este documento estandariza las condiciones de experiencia general y/o experiencia específica que deben requerir las entidades estatales a los proponentes para acreditar el requisito habilitante de experiencia, de acuerdo con: i) el tipo de obra de infraestructura de transporte o social, ii) la actividad a contratar y iii) la cuantía del proceso de contratación.

Por su parte, el numeral 3.5 “EXPERIENCIA” del documento base de los documentos tipo de infraestructura de transporte indica que los proponentes deben acreditar la experiencia a través de los siguientes documentos: i) la información consignada en el RUP para aquellos que estén obligados a tenerlo, ii) la presentación el Formato 3 – Experiencia para todos los proponentes y (iii) alguno de los documentos válidos para la acreditación de la experiencia señalados en el numeral 3.5.6 cuando se requiera la verificación de información del proponente adicional a la contenida en el RUP. Adicionalmente, en el numeral 3.5.5 “ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA REQUERIDA” señala la información que deben presentar los proponentes para efectos de acreditar la experiencia en cada uno de los contratos que se presenten.

 

DOCUMENTOS TIPO DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE – Aplicación – Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE)

En todo caso, la aplicabilidad de alguna de las actividades antes señaladas dependerá del alcance concreto del objeto contractual, de la naturaleza de las obras a ejecutar y de la correspondiente estructuración del proceso de contratación. Por consiguiente, aunque no existe actualmente un documento tipo expedido en el que de manera expresa se incluyan redes de baja tensión, sí es posible que, en función de sus componentes técnicos, algunos de estos proyectos puedan encontrarse enmarcados en las actividades previamente señaladas de la Matriz 1 – Experiencia del sector Infraestructura de Transporte.

En este contexto, conviene mencionar que este tipo de redes  de baja tensión, hacen referencia al tramo final del sistema eléctrico y se utilizan para suministrar energía directamente a los usuarios finales, y conforme a las definiciones contenidas en el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE), el título 9 clasifica dichos niveles de las redes en: “Extra alta tensión – EAT: Corresponde a tensiones superiores a 230 kV. Tensión normalizada 345 kV y 500 kV. Alta tensión – AT: Tensiones mayores o iguales a 57,5 kV y menores o iguales a 230 kV. Tensiones normalizadas o nominales de 66 kV, 110 kV, 115 kV, 220 kV y 230 kV. Media tensión – MT: Los de tensión nominal superior a 1.000 V e inferior a 57,5 kV. Tensiones normalizadas o nominales de 11,4 kV, 13,2 kV, 34,5 kV, 44 kV. Baja tensión – BT: Los de tensión nominal menor o igual a 1.000 V y mayores o iguales de 25 V c.a. o 60 V c.c. Muy Baja tensión – MBT: Las tensiones inferiores a 25 V en corriente alterna y menores a 50 V en corriente continua. Conforme a la norma IEC 61140 de 2016”

DOCUMENTOS TIPO DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE – Combinación de experiencia – Actividad principal y secundaria – Aplicación de la Matriz 1 experiencia – Experiencia general y específica

Conforme a esta regla de combinación de experiencia, la entidad estatal deberá identificar y definir la actividad principal o de mayor relevancia, así como la actividad secundaria o accesoria, de acuerdo con las características del proyecto particular. Para estos efectos, la entidad determinará la actividad principal entre las actividades definidas en la matriz del proyecto respectivo y podrá establecer hasta dos actividades secundarias cuando: i) en un mismo proyecto se incluyan otras actividades definidas en la Matriz 1 – Experiencia de estos documentos tipo, o ii) en un proceso de contratación resulten aplicables matrices de experiencia de otros documentos tipo y la entidad considere conveniente incluir dicha experiencia.

Una vez definidas la actividad principal y las actividades secundarias, la entidad estatal deberá determinar los requisitos de experiencia exigibles de acuerdo con la matriz aplicable, de alguna de las siguientes formas: i) sin solicitar experiencia para la actividad secundaria y exigiéndola únicamente para la principal, siempre que esta corresponda a una actividad definida en la Matriz 1 – Experiencia de los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte; o ii) solicitando experiencia general y específica para la actividad principal, y requiriendo la experiencia general o específica correspondiente a la respectiva matriz para las actividades secundarias, salvo que la matriz aplicable no contemple experiencia específica para determinada actividad secundaria, caso en el cual podrá solicitarse experiencia general.

La experiencia exigible para las actividades principal y secundaria debe definirse en función de los rangos de cuantía aplicables al respectivo proceso de contratación. En todo caso, la entidad contratante no podrá incluir más de dos combinaciones de experiencia adicionales a la prevista para la actividad principal.

Si en la actividad secundaria se solicita la experiencia específica, y ésta contempla más de un requisito la entidad solo podrá fijar un requisito de experiencia específica, que en este caso será el de mayor relevancia para el proyecto. De acuerdo con esto, será la entidad la que debe definir cuál es el requisito de mayor relevancia para el proyecto a desarrollar, por lo que solo podrá incluir un requisito de experiencia específica en relación con la actividad secundaria.

Detalles del documento

Fecha16/06/2026
ActorSindy Paola Bolaño Figueroa
No. radicado internoC-755 de 2026
Año2026
MesJunio
Radicado de Entrada1_2026_05_05_006125
Radicado de Salida2_2026_06_16_006417
Radicado InternoC-755
DescriptorDOCUMENTOS TIPO, SECTOR SOCIAL, INFRAESTRUCTURA DE SALUD
RestrictorFundamento normativo, Documentos tipo, Vigentes, Matriz de experiencia, Subgrupo de ocupación institucional, Sector social, Aplicación, Complementarios, Sector Institucional

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