Fecha: 27/03/2026 – Número expediente/radicado interno: 53.575 – Demandado: Fiduciaria Popular S.A. y Municipio de Barrancabermeja – Actor: Unidad Móvil de Atención Médica Ltda. – UMAM Ltda. – Providencia: Sentencias – Sección/Sala: Sección Tercera – Subsección: B – Ponente: WILLIAM BARRERA MUÑOZ – Medio de control: Controversias Contractuales – Recurso: Apelación sentencia – Año: 2026 – Mes: Marzo – Tipo de contrato: Contractual – Tema: Contractual – Naturaleza: Contractual – Descriptor: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO, ACCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES, LIQUIDACIÓN DE ENTIDAD PÚBLICA, INEPTITUD SUSTANTIVA DE LA DEMANDA – Restrictor: CCA, Selección del medio de control, Procedencia, No es discrecionalidad del demandante, Fuente del daño, Causa petendi, Accion de Nulidad y restablecimiento del derecho, CCA artículo 85, Finalidad, Controversia contra actos administrativos de carácter particular y concreto, Retiro del ordenamiento jurídico, Restablecimiento del derecho, Modalidades, CCA artículo 87 reformado por la Ley 446 de 1998 artículo 32, Alcance, Doble naturaleza, Reclamación directa, Discusión de legalidad de actos administrativos contractuales, Declaraciones y condenas, Eventos, Nulidad de actos administrativos, Teoría de los actos separables, Nulidad de actos proferidos con anterioridad a la celebración del contrato, Acción procedente, Nulidad simple o nulidad y restablecimiento del derecho, Celebración del contrato, Ilegalidad de los actos previos podrá invocarse como fundamento de nulidad absoluta del contrato, Controversias contractuales, Procedimiento administrativo, Funciones del liquidador, Ejerce función administrativa, Decreto-Ley 254 de 2000, Proceso de liquidación, Reglas, Actos administrativos, Susceptibles de ser controvertidos mediante acción de nulidad y restablecimiento del derecho, Indebida escogencia del medio de control, Falta de integración del petitum y la causa petendi, Vía idónea para demandar